Apuntes de historia: Hablemos de feudalismo, el concepto y su debate historiográfico

El término feudalismo es, con casi toda probabilidad, uno de los conceptos que más polémica y más debate han generado en el ámbito historiográfico. De hecho, y de forma muy paradójica, su uso comienza a cobrar importancia a partir del 4 de agosto de 1789 cuando la Asamblea Constituyente, que fruto de la Revolución Francesa, declara la abolición completa del feudalismo como un aspecto degradante de la sociedad. Es decir, una de las primeras veces que se usa el término es precisamente para prohibirlo. Desde ese momento, y a lo largo del siglo XIX, van a surgir dos interpretaciones enfrentadas; los llamados institucionalistas y, por otro lado, la interpretación del marxismo y el materialismo histórico.

Respecto a la primera interpretación, la definición más aproximada la formuló François-Louis Ganshof, un medievalista belga que entendía por feudalismo «el conjunto de instituciones que crean y rigen obligaciones de obediencia y servicio -generalmente militar- por parte de un hombre libre, llamado "vasallo", hacia otro hombre libre llamado "señor", a cambio de obligaciones de protección y sostenimiento del señor al vasallo, siendo en ocasiones ese sostenimiento en forma de la concesión de un bien llamado feudo». Por lo tanto, el término de Ganshof, y que mantienen la mayoría de institucionalistas, restringe el feudalismo a un espacio, un tiempo y un número de personas en concreto, pues solo se habría desarrollado en la Europa Occidental, propiamente en los siglos medievales y afectando exclusivamente a aquellos individuos que estaban dentro de las relaciones de tipo feudovasalláticas. 

Las muy ricas horas del Duque de Berry (c. 1412-1416) por los hermanos Limbourg (Herman, Paul y Johan).

El materialismo histórico, por otro lado, tiende a identificar el feudalismo como una formación social con un modo de producción concreto. Así, para Marx y sus seguidores, el feudalismo sería el resultado de tres estructuras; la estructura económica como conjunto de relaciones de producción, la jurídico-política entendida como la forma del Estado y sus leyes y, la estructura ideológica como el sistema de ideas, costumbres y mentalidades que justifican el sistema. De este modo, para el marxismo, el concepto de feudalismo solo se puede entender desde su sentido amplio, como una organización social, económica y política fundada en las relaciones de hombre a hombre y, donde una minoría de señores domina a una masa de campesinos sometidos al pago de unos impuestos (cargas) por las que pueden trabajar la tierra (usufructo). Así, la propiedad no es del campesino, pero tampoco del señor en sentido absoluto, pues este solo la ostenta en función de los compromisos contraídos con un señor superior (propiedad eminente). 

Desde la óptica marxista, el feudo no desempeña un papel fundamental en una formación social feudal. Se trata de un elemento puramente sancionador de una serie de relaciones de producción entre campesinos y señores, que ya existían previamente, una estructura jurídico-política de menor entidad si la comparamos con las estructuras económicas sobre las que se asienta. En este sentido, el feudalismo, entendido como modo de producción o como formación social, habría correspondido a una etapa intermedia entre el esclavismo característico de la Antigüedad y el capitalismo dominante en los últimos siglos. En suma, no podemos hablar de feudalismo exclusivamente para Europa Occidental, ni tampoco exclusivamente para el periodo medieval. Dependiendo de las diferencias de ritmo, en el caso europeo por ejemplo, podemos hablar de la presencia de estructuras feudales desde la crisis del Imperio Romano (siglo III-siglo IV) hasta prácticamente el siglo XIX. Charles Parain mantuvo que, aunque los mecanismos jurídico-políticos del feudo hubieran desaparecido, no es un inconveniente seguir llamando «feudal» a una sociedad donde «el trabajador agrícola, aun no siendo esclavo, está sometido a cargas que limitan su libertad y propiedad personal, y cuando ni su fuerza de trabajo ni el producto de su trabajo se puede convertir en un productor de intercambio libre». Así, si bien el colono romano del siglo IV estaba anunciando el feudalismo, a la altura de 1930 algunos campesinos sicilianos, andaluces o húngaros todavía vivían bajo ataduras de la misma naturaleza. Hoy, podríamos añadir la dramática situación de millones de personas, ya no solo en el Tercer Mundo, sino incluso en los países más desarrollados. 

Esta visión tan amplia ha sido criticada por los institucionalistas, que distinguen entre relaciones feudales y relaciones señoriales como dos aspectos diferentes. Las primeras afectaban exclusivamente a las élites dirigentes y desaparecen en el Medievo. Las relaciones señoriales eran aquellas que ligaban a los campesinos con los señores con una serie de cargas, dichas relaciones sí que pervivirán hasta el final del Antiguo Régimen. Para el materialismo histórico esta disociación es superflua por tanto en cuanto una sociedad se tiene que definir en términos de globalidad. Parain consideraba peligrosos «los formalismos que tienden a olvidar la profundad unidad existente entre las relaciones de producción, forjadas entre campesinos y señores en torno a la tierra, y la jerarquía feudal que sancionó y garantizó durante largo tiempo el mecanismo de esas relaciones»

Sea como fuere, en este debate también nos encontramos con algunas posturas intermedias, un tercer grupo de interpretación que la historiografía ha denominado como eclécticos. Entre ellos destacan Marc Bloch, que en su obra La sociedad feudal (1939), analizó de manera profunda la definición del feudalismo. También está Claude Cahen, que inventarió en cuatro los factores constitutivos del sistema feudal; en primer lugar una organización económica donde prima el gran dominio cultivado por los campesinos, que con su trabajo crean la renta de la que vive el propietario. La segunda característica es el predominio de los lazos de dependencia de hombre a hombre en todos los niveles de la escala social. En tercer lugar nos encontramos con un fraccionamiento de la autoridad. Y en cuarto lugar, la existencia de una importante aristocracia militar. Salvador de Moxó, desde una perspectiva institucionalista, aportó además un quinto factor, el factor cultural siendo un ejemplo el reflejo que la épica de la literatura medieval reflejaba sobre el feudalismo.


Destrucción (1836), por Thomas Cole.

De este modo, más allá de debates y polémicas, sí que podemos asegurar que desde el mandato de Diocleciano, en el camino del siglo III al siglo IV, hay un proceso, una serie de transformaciones sociales que podríamos denominar «bajoimperiales» (Bravo Castañeda, 1980) y que reflejan un modelo productivo que no es esclavista pero tampoco llega a ser feudal. Básicamente era la génesis de una estructura socioeconómica nueva, un proceso de deslizamiento que acabó por configurar una sociedad marcada por una importante atomización del poder, una primacía de las relaciones de dependencia personal a todos los niveles y un predominio casi absoluto de la tierra como fuente de riqueza. Esta sociedad en transición, a caballo entre el esclavismo y el sistema feudal viene acontecida principalmente por la crisis política del Imperio Romano y la convulsa situación social que puso en jaque al sistema esclavista. Con el bloqueo del expansionismo romano y la crisis demográfica, el número de esclavos se veía reducido al mismo tiempo que su rentabilidad caía por los suelos. De este modo, poco a poco los esclavos fueron sustitutidos por hombres libres que engrosaban las filas del colonato, dando paso a la formación de un sistema de patrocinio de grandes propiedades que acabaron por configurar el propio feudalismo.

La disolución del poder central y de la mayoría de las formas de esclavismo, junto con la degracación del estatus económico de la población libre, hicieron que la mayoría de la población fuera a buscar protección bajo los más poderosos. De aquí, surge el feudalismo y una complejo entramado de categorías sociales que tradicionalmente se han resumido en tres. En primer lugar, los grupos privilegiados. Fundamentalmente era una mezcla entre la vieja nobleza senatorial romana y la élite militar germánica, dando paso a una élite dominante de los elementos institucionales del proto-feudalismo. En ella nos encontramos con la nobleza (linajes), la administración civil y la administración eclesiástica. En segundo lugar, estratos medios como pequeños propietarios libres. Y en tercer lugar, los campesinos sometidos a un importante propietario, patrocinados o encomendados, a pesar de tener un estatus de libertad. Por debajo de ellos, y aunque la esclavitud estaba en pleno retroceso, los libertos que estaban a camino entre la libertad y la servidumbre. En suma, poco a poco se va configurando el sistema dominical, base de la sociedad feudal. 

Folio del manuscrito del Cantar de mio Cid conservado en la Biblioteca Nacional de España (c. 1200)


Así, con la madurez de la sociedad feudal se va creando el ideal de la sociedad tripartita. La visión de los propios intelectuales medievales del momento era la interpretación de la Humanidad como un cuerpo místico cuya cabeza era Cristo. De este modo, se producía una integración armónica de los hombres con Dios, con la naturaleza y, también con el resto de seres humanos. Evidentemente, esta es una visión ideal y monolítica que no correspondía con la diversidad de funciones en la sociedad, por lo que de manera temprana se plantean posibles divisiones en aquellos que se dedican a la oración, a la guerra y al trabajo. Intelectuales como Aldaberón de Laon -Carmen ad Robertum regem- o Gerardo de Cambrai, hicieron una división funcional de su sociedad en los que ruegan, los nobles y los que trabajan. Pensaban en un equilibrio y un buen funcionamiento de la sociedad cristiana basada en un intercambio de relaciones y servicios recíprocos. Aunque la realidad fue mucho más compleja, y tendríamos que contemplar otras clases que no entraban dentro de estos esquemas como por ejemplo la burguesía. Es más, realmente, como mantuvo Pierre Vilar, se puede hablar de una gran masa campesina que alimenta a todo el conjunto y que se ve gobernada por dos superestructuras; la política simbolizada por los guerreros y la ideológica, representada por la Iglesia. Estas dos estructuras, que aunque en ocasiones tengan enfrentamientos, tienen siempre unos objetivos y beneficios similares. 

En primer lugar, podemos hablar de los bellatores o la aristocracia feudal. Muchas veces definidos por sus funciones, caballeros -como impronta del estamento nobiliario con una serie de derechos y deberes morales herederos de una mezcla de tradiciones romana, germana y cristiana-, o también por su género de vida, nobilis. Son un grupo no poco homogéneo donde nos encontramos desde poseedores de grandes principados feudales hasta pequeños nobles como fueron, por ejemplo, los hidalgos castellanos. Su principal poder reside en la fuerza del linaje y en el control de los propios mecanismos feudovasalláticos. Según Heers, los linajes y los clanes familiares se rodearon de personas fieles y directamente dependientes del señor desde finales del siglo IV, para poco a poco, como estudió Ganshof, entrar en la etapa del «vasallaje clásico» entre el siglo X y el XIII, donde las instituciones feudovasalláticas están asentadas y alcanzan a toda la cristiandad. 


Felipe IV de Francia recibe el homenaje del rey de Inglaterra, Eduardo I en 1286 (c. 1455), por Jean Fouquet.

El contrato de vasallaje consta de dos elementos; el personal (homenaje) y el material (feudo). El primero, el homenaje, viene del término latino inmixtio manuum, y describe el momento en el que el vasallo junta las manos con las de su señor y se realiza el compromiso verbal de cumplimiento por las dos partes (volo). Le sigue el juramento de fidelidad, que se suele realizar sobre un ejemplar de los libros sagrados o algún tipo de relicario. Este juramento tiene una enorme fuerza moral, puesto que su incumplimiento conlleva un pecado mortal, a pesar de que a lo largo del tiempo este acto se acabó convirtiendo en una mera formalidad. El contrato, más allá de las formalidades, implica una serie de derechos y deberes por ambas partes. Del vasallo al señor, el consilium y el auxilium. Es decir, la obligación de asistir al señor con sus consejos en su curia o corte y el segundo, mucho más complejo, la ayuda generalmente en forma económica o militar. Respecto a las obligaciones del señor sobre el vasallo, se pueden resumir en protección, en caso de que sea atacado injustamente, y manutención para dotarlo de unos medios con los que sea capaz de cumplir sus obligaciones, bien con la concesión de un feudo o bien de manera directa. El incumplimiento por una parte, la felonía en el caso de que sea el vasallo, supone la ruptura total del vasallaje, un sinónimo de traición dentro de un complicado entramado jurídico en el que ahora no vamos a entrar. 


El campesinado medieval en una miniatura del salterio Queen Mary (libro de salmos, Psalter en inglés, siglo XIV).

Por otro lado, está el orden eclesiástico, un mundo para nada homogéneo. Encontramos grandes distinciones entre el clero regular y el secular. Pero además, hay grandes diferencias entre las élites cardenalicias, los titulares de las sedes episcopales y metropolitanas y sus cabildos de canónigos, con todo el ejército de vicarios, párrocos y capellanes que conforman un verdadero proletariado clerical, generalmente de baja extracción social, mal formados y pobremente retribuidos, siendo la parroquia rural, en muchas ocasiones un refugio para el propio campesinado. Un campesinado, una tercera fracción de la sociedad, que es la más numerosa, pero generalmente la más olvidada por la historiografía. Sea como fuere, los últimos años, la «historia desde abajo» nos ha mostrado las lamentables condiciones de vida en las que vivían esa gran masa de trabajadores que si bien, supuestamente tenían una condición de libertad, eran siervos. La tierra fue el medio por el cual una minoría dominante ejerció su autoridad sobre la gran masa social de campesinos. De hecho, con la desaparición de la esclavitud, la servidumbre se presenta como su principal heredero en tanto en cuanto, los campesinos quedaba sujetos de manera hereditaria, ya no a un dueño o señor, sino a la tierra, que es la que en el feudalismo va a determinar su condición jurídica. Las cargas por el trabajo de la tierra eran altas, de esta manera la casta feudal veía un incremento en sus rentas, al mismo tiempo que el campesinado se empobrecía y veía limitada su libertad. Tenemos ejemplos extremos del abuso de los señores sobre los vasallos, como por ejemplo, ya en el siglo XI, de «los malos usos» en Cataluña o el ius male tractandi en Aragón o lo que es lo mismo, el derecho a maltratar a los campesinos. A pesar de todo ello, con el impulso que supuso el crecimiento económico del siglo XIV algunas comunidades lograron su emancipación, por lo que la situación del campesinado mejorará progresivamente aunque de manera muy irregular y sobre todo, con grandes diferencias geográficas. 

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